Declaración Anual de Sueldos y Salarios
Entre nuestros servicios contables tenemos el servicio de contabilidad por Internet que está desarrollado para personas físicas que tributan bajo el régimen de Sueldos y Salarios y se encuentren obligados a presentar Declaración Anual de Sueldos y Salarios 2015 a más tardar el 30 de abril del 2016.
ESTÁN OBLIGADOS EN CUALQUIERA DE ESTOS CASOS:
- Si sus ingresos anuales exceden de $400,000.00
- Si tiene otro ingreso además de los salarios.
- Si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del ejercicio.
- Si prestó servicios a dos o más patrones en forma simultanea.
- Si comunicó por escrito a su patrón que presentará la declaración anual por su cuenta.
- Si trabajó para organismos internacionales o embajadas.
- Sus intereses reales exeden de $100,000.00
ES CONVENIENTE:
- Para solicitar la devolución de impuestos en caso de que no rebase los ingresos por $400,000.00 y cuente con créditos hipotecarios.
LO ÚNICO QUE NECESITA ES ENVIARNOS POR CORREO ELECTRÓNICO SU CONSTANCIA DE RETENCIONES Y DEDUCCIONES PERSONALES, COMO SON:
- Honorarios médicos y dentales
- Gastos hospitalarios
- Primas de seguros
- Gastos de funerales
- Donativos
- Intereses hipotecarios
- Transporte escolar
- Depósitos en las cuentas especiales para el ahorro
- Aportaciones complementarias de retiro
- Compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación o restablecimiento del paciente
- Anteojos
- Colegiaturas
PRECIO:
- $450.00